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PROSECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo,
2 9 JUN 2021
VISTO: la solicitud de acceso a la información formulada por la señora Tatiana
de Souza, al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO: I) que la interesada peticiona:
“Cifras destinadas al
presupuesto de educación pública en 2020-2021”;
II) que los datos sobre la ejecución presupuestal por área programática,
relativos al Poder Legislativo, Presidencia de la República, Ministerios, y otros,
se encuentran disponibles en el sitio web de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto,
mediante
el
enlace
https://transparenciapresupuestaria.opp.qub.uv/inicio/presupuesto-nacional:
CONSIDERANDO: que corresponde hacer lugar a lo solicitado en el sentido
informado;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por la Ley N°
18.381, de 17 de octubre de 2008 y la Resolución de la Presidencia de la
República N° 365/020, de 26 de marzo de 2020 en la redacción dada por la
Resolución de la Presidencia de la República N° 956/020, de 21 de diciembre
de 2020;
EL PROSECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E :
1° . - Accédese a lo solicitado por la señora Tatiana de Souza, al amparo de la
Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, en los términos manifestados en la
en la parte expositiva de la presente Resolución.
2° . - Notifíquese, comuniqúese, etc.
Dr. R odrigo Ferrés Rubio
Prosecretario
Presidencia de la República